¿Quién debe responder por las reparaciones de un inmueble?

También has visto Carlos Saracino

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Publicado el abril 09 2024

Cuando eres inquilino, las reparaciones pueden generar dudas si no conoces tus derechos y deberes. Según la Ley 820 de 2003, las reparaciones necesarias son responsabilidad del propietario, mientras que las locativas son del inquilino. Sin embargo, el propietario debe encargarse de las reparaciones locativas en caso de fuerza mayor, caso fortuito o mala calidad del inmueble arrendado. 

 

Tipos de Reparaciones: 

1. Reparaciones Locativas: Son las que corresponden al deterioro que ordinariamente se producen por el uso indebido del arrendatario o de sus dependientes, como roturas de vidrios, apertura de orificios en las paredes, manipulación indebida de puertas, ventanas y pisos.

2. Reparaciones Necesarias: Son las que no son atribuibles al arrendatario, suelen ser las de mayor envergadura y aquellas que resultan indispensables para la conservación del bien arrendado, por ejemplo, las grietas en la pared por defectos de construcción, humedades o asentamientos. 

 

¿Las goteras también son tema del propietario, como las grietas?

Si el daño se deriva por el deterioro normal del inmueble, este arreglo le corresponde al propietario; pero si es causado por tu culpa como arrendatario (mejoras realizadas sin autorización o un accidente), estos arreglos te corresponden a ti.

 

Deberes de ambas partes:

Como principio básico, el dueño del inmueble a arrendar está en la obligación según la ley de mantener la propiedad en óptimas condiciones para ser habitada y el inquilino tiene derecho a vivir en un lugar en condiciones óptimas para ser habitado, por tal razón, el propietario debe hacer las reparaciones necesarias durante todo el tiempo que dure el arriendo. 

A su vez, tú como arrendatario tienes la obligación de cuidar la propiedad (y los bienes, si es el caso) en el estado en que te fue entregada, tomándose en cuenta el deterioro o desgaste natural ocasionado por el uso.

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